Durante veinte años, Nevada ha exigido a las aseguradoras de automóviles que revelen los límites de la póliza de su asegurado una vez que un reclamante lesionado proporciona al menos un informe médico, expediente, factura o una autorización por escrito para obtener los mismos. Esto cambió en mayo de este año cuando la legislatura de Nevada derogó el NRS 690B.042.[1. El Proyecto de Ley del Senado 162, cuando fue propuesto originalmente, no tenía como objetivo derogar la ley. En cambio, su objetivo, según lo declarado por su patrocinador, el senador Michael Roberson, era exigir que el reclamante lesionado proporcione, además de los expedientes médicos o una autorización para obtenerlos, la información de contacto de todos los proveedores de tratamiento involucrados en la reclamación. Además, en lugar de exigir que la aseguradora revele “inmediatamente” los límites de la póliza, la aseguradora tendría 30 días para hacerlo. También se añadió un lenguaje adicional que permitía imponer sanciones contra el abogado de la parte lesionada si no se proporcionaban los expedientes médicos conforme al estatuto.
La legislatura, sin mucha discusión, decidió que tenía sentido derogar todo el estatuto en lugar de enmendarlo. Las actas de su discusión, en su totalidad, dicen lo siguiente:
Después de la audiencia sobre el P.S. 162, hablé con el patrocinador, los proponentes del proyecto y los que estaban en oposición. El Comité tenía un problema con el Estatuto Revisado de Nevada (NRS) 690B.042. Nuestras opciones son arreglar el estatuto problemático para reflejar lo que propone el P.S. 162, o derogar el estatuto problemático. Las partes interesadas están de acuerdo en derogar el estatuto. En general, esa opción tiene sentido.]
Como abogado de lesiones personales, es importante saber cuánto está disponible en una póliza dada, particularmente porque los límites mínimos de póliza en Nevada son tan bajos ($15,000 por persona en lesiones corporales y $30,000 por incidente).
En muchos casos, los médicos que brindan tratamiento a víctimas de accidentes de vehículos motorizados lo hacen bajo un gravamen, lo que significa que están tratando con la promesa de un pago futuro proveniente de un acuerdo o veredicto.
Si no hay suficiente dinero en el seguro para cubrir el tratamiento recomendado (incluyendo coberturas de med-pay y UIM de la póliza de la persona lesionada), entonces el paciente debe estar dispuesto a pagar de su bolsillo o renunciar al tratamiento necesario. En la mayoría de los casos, el paciente no tiene otra opción que renunciar al tratamiento porque no puede financiar su propio tratamiento.
Sin el conocimiento del dinero disponible del seguro, el paciente asume el riesgo innecesario de que será personalmente responsable de las facturas médicas derivadas de las acciones negligentes de otros, lo cual es lo que su contrato con el médico requiere en caso de que las facturas médicas excedan los límites de la póliza. Los médicos también asumen un riesgo porque si no hay suficiente dinero del seguro para pagar las facturas de los médicos, el médico o no recibe pago o queda atrapado tratando de cobrar a un paciente que bien puede ser insolvente.
Los asuntos se complican aún más por el hecho de que si el abogado no puede pagar a todos los médicos con los fondos disponibles, debe presentar una nueva demanda, notificar a todos los proveedores médicos con gravámenes (incluidos los proveedores de seguro de salud que han pagado por el tratamiento) y buscar un fallo del tribunal que distribuya los fondos disponibles entre los médicos. En este escenario, el paciente no recibe nada.
El NRS 690B.042 requería que una aseguradora revelara los límites de la póliza antes de que se presentara una demanda. Sin embargo, una vez que el paciente presenta una demanda, la aseguradora tiene la obligación afirmativa bajo N.R.C.P. 16.1(a)(1)(D) de revelar una copia de la póliza de seguro, que incluye los límites de cobertura.
Debido a que el conocimiento de los límites de la póliza del asegurado es una consideración tan importante para el caso de la parte lesionada, y porque su revelación solo se requiere después de que se presenta una demanda, el resultado práctico de la derogación del NRS 690B.042 es que los abogados de lesiones personales presentarán demandas mucho antes de lo que lo habrían hecho de otro modo, o en muchos casos cuando probablemente nunca lo habrían hecho, para poder averiguar cuáles son los límites de la póliza de la parte responsable.
En la medida en que una compañía de seguros se niegue a revelar los límites de la póliza en la fase previa al litigio, sus asegurados serán demandados antes, lo que aumentará el costo de una reclamación, exactamente lo contrario de lo que quieren las compañías de seguros (y los demandantes y los demandados). Debido a que la derogación del NRS 690B.042 fue perjudicial para los reclamantes lesionados, los proveedores de tratamiento médico, los abogados de lesiones y las compañías de seguros, parece que la única parte involucrada que realmente se beneficia de su derogación es el abogado defensor.
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