Los medios de comunicación, los comentaristas de programas de entrevistas, las redes sociales y la blogosfera han explotado desde que la Corte Suprema de los Estados Unidos emitió una opinión escrita dividida el 30 de junio sobre la aplicabilidad de la Ley de Protección al Paciente y Cuidado de Salud Asequible (“ACA”) a ciertas corporaciones. La decisión establece una excepción al mandato anticonceptivo de la ACA al permitir que las corporaciones de propiedad cercana, como Hobby Lobby y Conestoga Wood Specialties, dos de los demandantes en el caso, se nieguen a pagar por anticonceptivos que funcionan de una manera que viola las creencias religiosas de los propietarios de las corporaciones.
Oportunistas de ambos lados del espectro político han utilizado esta decisión como un punto de reunión para sus seguidores y seguidores, argumentando que esta decisión es una gran derrota para las mujeres o una gran victoria para la religión.
Por ejemplo, la ex secretaria de Estado y posible candidata presidencial Hillary Clinton hizo las siguientes declaraciones a una multitud en Colorado poco después de que la Corte Suprema emitiera su decisión:
Es la primera vez que nuestra corte ha dicho que una corporación de propiedad cercana tiene los derechos de una persona cuando se trata de la libertad religiosa, lo que significa que los empleadores de la corporación … [ ‘de propiedad cercana ‘] pueden imponer sus creencias religiosas en sus empleados, y, por supuesto, negar a las mujeres el derecho a anticonceptivos como parte de un plan de atención médica es exactamente eso. … Me parece profundamente preocupante que estemos yendo en esa dirección.
***
Es muy preocupante que una dependienta de Hobby Lobby que necesita anticonceptivos, que son bastante caros, no vaya a recibir ese servicio a través del plan de atención médica de su empleador porque su empleador no cree que deba usar anticonceptivos.
El presidente de la Cámara de Representantes, John Boehner, emitió la siguiente declaración:
La decisión de hoy es una victoria para la libertad religiosa y otra derrota para una administración que ha cruzado repetidamente las líneas constitucionales en busca de sus objetivos de Gran Gobierno. El mandato anulado hoy habría requerido que las empresas con fines de lucro eligieran entre violar su fe protegida por la Constitución o pagar multas paralizantes, lo que las habría obligado a despedir empleados o cerrar sus puertas.
Si dejamos de lado las ideologías y el discurso político, ¿qué dice realmente la decisión? La opinión real de la Corte Suprema está disponible aquí. Lo que sigue es un resumen y análisis de la opinión y su impacto previsible.
El mandato anticonceptivo de la Ley de Cuidado de Salud Asequible
En general, los empleadores con 50 o más empleados a tiempo completo deben, según la ACA, ofrecer un seguro de salud que incluya “cobertura esencial mínima”. En algunas circunstancias, los empleadores religiosos, las organizaciones sin fines de lucro y los empleadores con planes de seguro de salud anteriores pueden ser exentos. Un empleador sujeto a estos requisitos que no cumpla enfrenta duras sanciones, incluyendo un “impuesto” diario de $100 por cada empleado afectado.
Parte de la “cobertura esencial mínima” es que las empleadas reciban “cuidado preventivo y exámenes” sin tener que pagar de su bolsillo. El Departamento de Salud y Servicios Humanos (“HHS”), encargado de definir el “cuidado preventivo y exámenes” requerido, decidió que las “mujeres en edad reproductiva” deberían tener acceso a “[t]odos los métodos anticonceptivos aprobados por la Administración de Alimentos y Medicamentos, procedimientos de esterilización y educación y asesoramiento para pacientes …”.
La FDA, a su vez, ha aprobado veinte métodos anticonceptivos. La FDA publica su lista en su sitio web, que se reproduce a continuación (las categorías son de la FDA; la puntuación y mayúsculas irregulares e inconsistentes también son de la FDA):
MÉTODOS DE BARRERA: Bloquean el esperma para que no llegue al óvulo
- Condón masculino
- Condón femenino
- Diafragma con espermicida
- Esponja con espermicida
- Capuchón cervical con espermicida
- Espermicida solo
MÉTODOS HORMONALES: Previenen el embarazo al interferir con la ovulación y posiblemente la fertilización del óvulo
- Anticonceptivos orales (píldora combinada) “La píldora”
- Anticonceptivos orales (solo progestina) “La mini píldora”
- Anticonceptivos orales (uso extendido/continuo) “Píldora”
- Parche
- Anillo anticonceptivo vaginal
- Inyección
ANTICONCEPCIÓN DE EMERGENCIA: Puede usarse si no usó anticonceptivos o si su anticonceptivo regular falla. No debe usarse como una forma regular de anticoncepción
- Plan B, Plan B One-Step y Next Choice (Levonorgestrel)
- Ella (acetato de ulipristal)
DISPOSITIVOS IMPLANTADOS: Insertados/implantados en el cuerpo y pueden permanecer en su lugar durante varios años
- DIU de cobre
- DIU con progestina
- Varilla implantable
MÉTODOS PERMANENTES: Para personas que están seguras de que nunca quieren tener un hijo o que no quieren tener más hijos.
- Cirugía de esterilización para hombres (vasectomía)
- Cirugía de esterilización para mujeres Implante quirúrgico (también llamado esterilización quirúrgica transabdominal)
- Implante de esterilización para mujeres (implante quirúrgico de esterilización transcervical)
Los métodos anticonceptivos enumerados en rojo son aquellos que tienen el potencial de interrumpir el progreso del embarazo después de la fertilización1 y son los métodos específicamente objetados por Hobby Lobby y Conestoga. Ni Hobby Lobby ni Conestoga presentaron objeciones a pagar por la atención médica que cubre los otros dieciséis métodos anticonceptivos.
Los hechos de Burwell v. Hobby Lobby
Hobby Lobby
David y Barbara Green y sus tres hijos son cristianos que comenzaron la cadena Hobby Lobby hace cuarenta y cinco años.2 La corporación con fines de lucro tiene más de 13,000 empleados. Los Green han dirigido su negocio de acuerdo con sus creencias religiosas, incluyendo el cierre los domingos, negarse a promover el consumo de alcohol y contribuir a misioneros y ministerios cristianos.
Los Green creen que la vida comienza en la concepción, y proporcionar o facilitar el uso de anticonceptivos que operan después de la concepción es una violación de su religión. En respuesta al mandato anticonceptivo en la ACA, demandaron al Departamento de Salud y Servicios Humanos (“HHS”), desafiando el requisito de la ACA de que proporcionen cualquier anticonceptivo que opere para prevenir el desarrollo de un feto después de la concepción, que creen que ocurre cuando el óvulo femenino es fertilizado. El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Oeste de Oklahoma denegó el alivio solicitado, negándose a proporcionar una orden judicial para evitar la aplicación de la ACA a Hobby Lobby.
Hobby Lobby apeló, y el Décimo Circuito revocó la decisión, sosteniendo que Hobby Lobby, como negocio con fines de lucro, era una “persona” bajo la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa de 1993 (“RFRA”), una ley de la era Clinton que prohíbe, con ciertas excepciones, que el “Gobierno imponga una carga sustancial a la práctica religiosa de una persona”. El Décimo Circuito concluyó que el mandato anticonceptivo operaba como una carga sustancial a la práctica religiosa porque obligaría a Hobby Lobby a comprometer sus creencias religiosas o pagar millones de dólares al año en multas impuestas por la ACA (“impuestos”).
Conestoga Wood Specialties
Norman Hahn es un empresario menonita que comenzó una empresa de carpintería con fines de lucro, Conestoga Wood Specialties, hace cincuenta años. Ahora tiene 950 empleados. Como menonita, Hahn se opone al aborto y cree que “[e]l feto, en sus primeras etapas… comparte humanidad con aquellos que lo concibieron”. El Sr. Hahn cree que debe operar su negocio de acuerdo con sus “creencias religiosas y principios morales”. Debido a que Hahn cree que la vida humana comienza en la concepción, cree que es un pecado contra Dios “participar intencionalmente en, pagar, facilitar o apoyar de alguna otra manera” los abortivos (que él cree que incluyen cualquier método anticonceptivo que interfiera con el embarazo después de la fertilización).
Conestoga presentó una demanda contra el HHS y solicitó una orden judicial para evitar que el gobierno le obligara a seguir el mandato anticonceptivo de la ACA en la medida en que se aplicaba a los cuatro anticonceptivos que operaban después de que un óvulo humano fuera fertilizado. El tribunal de distrito denegó a Conestoga una orden judicial. Conestoga apeló al Tercer Circuito, que confirmó la decisión del tribunal de distrito. El Tercer Circuito, en una opinión dividida, sostuvo que “las corporaciones seculares con fines de lucro no pueden participar en el ejercicio religioso” en el sentido de la RFRA o la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.
Apelación a la Corte Suprema de los Estados Unidos
El Décimo Circuito estuvo de acuerdo con Hobby Lobby en que la RFRA se aplicaba a las empresas con fines de lucro. El HHS apeló a la Corte Suprema de los Estados Unidos. El Tercer Circuito no estuvo de acuerdo con Conestoga, sosteniendo que la RFRA no se aplicaba a las empresas con fines de lucro. Conestoga también apeló. La Corte Suprema de los Estados Unidos, reconociendo la importancia de este tema y la división entre los circuitos, acordó escuchar y decidir el caso.
Escribiendo para la mayoría, el juez Alito reiteró que según la RFRA, el Gobierno “no debe imponer una carga sustancial a la práctica religiosa de una persona” a menos que la carga “(1) promueva un interés gubernamental convincente; y (2) sea el medio menos restrictivo para promover ese interés gubernamental convincente”.
La Corte dedicó poco tiempo a discutir el primer punto y “asumió que el interés en garantizar el acceso gratuito a los cuatro métodos anticonceptivos cuestionados es convincente en el sentido de la RFRA…”.
Para llegar a su conclusión final, la Corte Suprema consideró tres preguntas: (1) ¿Son las empresas con fines de lucro de propiedad cercana “personas” con derecho a protección bajo la RFRA? (2) Si es así, ¿es el mandato anticonceptivo una carga sustancial para el ejercicio de la religión de los Greens y los Hahns? (3) Si es así, ¿hay un medio menos restrictivo que el mandato anticonceptivo para lograr el objetivo declarado del HHS de proporcionar acceso gratuito a los cuatro métodos anticonceptivos objetables?
La respuesta a cada una de estas preguntas tenía que ser “sí” para que los demandantes prevalecieran. Por el contrario, un hallazgo negativo en cualquiera de estas preguntas habría significado una victoria para el HHS.
¿Son las empresas con fines de lucro de propiedad cercana “personas” con derecho a protección bajo la RFRA?
La respuesta corta: sí, las empresas con fines de lucro de propiedad cercana son “personas” con derecho a protección bajo la RFRA.
Debido a que la RFRA no define “persona”, la Corte recurrió a la Ley del Diccionario, que establece los significados de cualquier Ley del Congreso, “a menos que el contexto indique lo contrario”. Define “persona” para incluir “corporaciones”. La Corte no vio nada en la RFRA que sugiriera que el Congreso no pretendía que la ley cayera dentro de la definición de “persona” de la Ley del Diccionario, y “el HHS no hizo mucho esfuerzo para argumentar lo contrario”.
Para reforzar su conclusión, la Corte Suprema citó una serie de casos que se remontan a más de veinte años en los que se otorgó protección a las corporaciones sin fines de lucro bajo la RFRA. Señaló: “El HHS reconoce que una corporación sin fines de lucro puede ser una ‘persona’ en el sentido de la RFRA”. La Corte completó entonces su golpe de uno-dos:
Esta concesión desecha efectivamente cualquier argumento de que el término “persona”, tal como se usa en la RFRA, no alcanza a las corporaciones de propiedad cercana involucradas en estos casos. Ninguna comprensión conocida del término “persona” incluye algunas, pero no todas, las corporaciones. El término “persona” a veces abarca a las personas artificiales (como instruye la Ley del Diccionario), y a veces se limita a las personas naturales. Pero ninguna definición concebible del término incluye a las personas naturales y a las corporaciones sin fines de lucro, pero no a las corporaciones con fines de lucro.
Pero ¿qué pasa con el ejercicio de la religión? Incluso si una corporación con fines de lucro puede ser una “persona”, ¿se puede decir que tiene derecho a protección para el ejercicio de la religión? Para abordar este problema planteado por el HHS, la Corte enfatizó la incapacidad del HHS para articular una razón por la cual las corporaciones sin fines de lucro deberían tener derecho a protección religiosa, pero las corporaciones con fines de lucro no. El HHS intentó “dibujar una línea clara entre las corporaciones sin fines de lucro… y las corporaciones con fines de lucro” al distinguir sus objetivos: las corporaciones con fines de lucro existen únicamente para obtener ganancias, y las corporaciones sin fines de lucro, al promover su “autonomía… a menudo también promueven la libertad religiosa individual”.
La opinión mayoritaria tuvo una respuesta razonada a este argumento, explicando que (1) permitir que Hobby Lobby y Conestoga presenten reclamos bajo la RFRA protege la libertad religiosa de sus propietarios, al igual que lo haría si fueran corporaciones sin fines de lucro; (2) hay una larga historia de aplicación judicial del “ejercicio de la religión” a organizaciones empresariales con fines de lucro en forma no corporativa; y finalmente (3) las corporaciones con fines de lucro, al menos según las leyes de Oklahoma (Hobby Lobby) y Pensilvania (Conestoga), están organizadas “para perseguir cualquier negocio o propósito legal” o “actuar”, “incluyendo la búsqueda de ganancias de conformidad con los principios religiosos de los propietarios”. El hecho de que las corporaciones con fines de lucro de propiedad cercana, incluyendo Hobby Lobby y Conestoga, “con la aprobación de los propietarios, apoyen una amplia variedad de causas benéficas” dio más apoyo a la decisión de la Corte.
El HHS argumentó además que la RFRA no podría haber sido destinada a aplicarse a las corporaciones con fines de lucro debido a la dificultad de determinar las creencias sinceras de una corporación. Usando el extremo como ejemplo, el HHS planteó la hipótesis de que identificar la identidad religiosa “de grandes corporaciones de capital abierto como IBM o General Electric” resultaría en “batallas de representación divisivas y polarizadoras”.
La Corte rápidamente desechó esta posición, cuestionando con qué frecuencia una gran empresa de capital abierto estaría presentando reclamos bajo la RFRA dada la improbabilidad de que accionistas diversos operen una empresa bajo el mismo conjunto de creencias religiosas. También señaló que el HHS no pudo citar un solo ejemplo de tal empresa que haya presentado reclamos bajo la RFRA en los 21 años desde la promulgación de la
¿Es el Mandato Anticonceptivo una Carga Substancial para el Ejercicio de la Religión de los Greens y los Hahns?
La respuesta corta: sí, exigir a Hobby Lobby y Conestoga que proporcionen seguro de salud que cubra métodos anticonceptivos que pueden resultar en la destrucción de un embrión “exige que se involucren en una conducta que viola seriamente sus creencias religiosas”.
El Tribunal hizo algunos cálculos simples para concluir que el mandato anticonceptivo impondría una carga sustancial en el ejercicio de la religión de los Greens y los Hahns. Si ejercieran su religión y se negaran a proporcionar la cobertura requerida bajo ACA, estarían sujetos a un impuesto diario de $100 por cada empleado afectado, lo que para Hobby Lobby ascendería a $1.3 millones por día ($475 millones anualmente) y $90,000 por día ($33 millones anualmente) para Conestoga. “Estas sumas son sin duda sustanciales”, dice la decisión.
Incluso si Hobby Lobby y Conestoga eliminaran por completo la cobertura de seguro, obligando a sus empleados a comprar seguro a través de uno de los intercambios de ACA, estarían sujetos a multas de $26 millones y $1.8 millones por año, respectivamente, si incluso uno de sus empleados a tiempo completo calificara para “un crédito fiscal de prima o una reducción de costos” en uno de los intercambios gubernamentales.
El HHS propuso precisamente este resultado, argumentando que la carga del ejercicio de la religión no es sustancial porque Hobby Lobby y Conestoga “podrían eliminar fácilmente cualquier carga sustancial obligando a sus empleados a obtener seguro en los intercambios gubernamentales”. Además de la impropiedad procesal de plantear un problema por primera vez en la apelación, el Tribunal también desestimó este argumento por razones sustantivas:
Dudamos que el Congreso que promulgó RFRA -o, por cierto, ACA- hubiera creído que era un resultado tolerable poner a empresas familiares ante la elección de violar sus creencias religiosas sinceras o hacer que todos sus empleados pierdan sus planes de atención médica existentes.
El principal argumento del HHS contra una determinación de carga sustancial fue que la relación entre el mandato anticonceptivo y las creencias religiosas sostenidas por los demandantes era demasiado atenuada. El HHS argumentó que proporcionar cobertura de atención médica no destruye embriones en sí, sino que requiere que un empleado primero (1) aproveche la cobertura y (2) use uno de los cuatro métodos anticonceptivos objetables.
La opinión del Tribunal implicó hipocresía en la argumentación del HHS al cuestionar la relación entre el requisito (comprar atención médica que incluya anticonceptivos objetables) y el mal (destrucción de un embrión) en este caso, porque en ocasiones anteriores el HHS había respaldado excepciones al mandato anticonceptivo para organizaciones religiosas y organizaciones sin fines de lucro donde la conexión entre el mandato estatutario y el mal religioso no es diferente de lo que es en este caso.
El Tribunal respondió a la posición del HHS como si se sintiera ofendido, reformulando el argumento del HHS como un desafío a la razonabilidad de las creencias religiosas de los demandantes, reconocido desde hace mucho tiempo como fuera del alcance del poder judicial, en lugar de centrarse en el problema real: si el mandato anticonceptivo impuso una carga sustancial en el ejercicio de la religión.
La opinión mayoritaria concluyó sucintamente, citando un caso de 1981:
los Hahns y los Greens y sus empresas creen sinceramente que proporcionar la cobertura de seguro exigida por las regulaciones del HHS se encuentra en el lado prohibido de la línea, y no nos corresponde decir que sus creencias religiosas son erróneas o insustanciales. En cambio, nuestra “función limitada … en este contexto es determinar” si la línea trazada refleja “una convicción honesta”, y no hay disputa de que lo hace.
El Tribunal sostuvo que “[p]orque el mandato anticonceptivo obliga [a los demandantes] a pagar una enorme suma de dinero si insisten en proporcionar cobertura de seguro de acuerdo con sus creencias religiosas, el mandato claramente impone una carga sustancial en esas creencias”.
¿Es el Mandato Anticonceptivo el Medio Menos Restrictivo para Lograr el Objetivo Declarado del HHS de Proporcionar Acceso Gratuito a los Cuatro Métodos Anticonceptivos Objetables?
La respuesta corta: “[e]l estándar del medio menos restrictivo es excepcionalmente exigente, y no se cumple aquí”.
El Tribunal Supremo ofreció lo que consideró una forma simple pero menos restrictiva de promover el interés del gobierno en proporcionar estos cuatro anticonceptivos objetables a las mujeres: que “el Gobierno asuma el costo de proporcionar los cuatro anticonceptivos en cuestión a cualquier mujer que no pueda obtenerlos bajo sus pólizas de seguro de salud debido a las objeciones religiosas de sus empleadores”.
Utilizando una comparación entre el costo total de ACA -estimado en $1.3 billones en los próximos diez años- y el costo de proporcionar cuatro tipos de anticonceptivos a una sección limitada de la población (mujeres que los desean, pero “no pueden obtenerlos bajo sus pólizas de seguro de salud debido a las objeciones religiosas de sus empleadores”), el Tribunal concluyó que el impacto sería mínimo. Citó la enmienda de 2000 a RFRA en apoyo (y para deshacerse del argumento del HHS de que “RFRA no se puede utilizar para exigir la creación de programas completamente nuevos”): “este capítulo puede requerir que un gobierno incurra en gastos en sus propias operaciones para evitar imponer una carga sustancial en el ejercicio de la religión”.
Para dejar en claro su punto, el Tribunal se refirió nuevamente a la admisión del HHS de que las organizaciones sin fines de lucro son una excepción aceptable al mandato anticonceptivo. Recordó al HHS que en ocasiones anteriores el HHS había propuesto y utilizado medios menos restrictivos para lograr el objetivo del Gobierno de proporcionar anticoncepción a las mujeres empleadas por organizaciones sin fines de lucro que estaban exentas de los requisitos de cobertura de ACA, y no había razón para creer que el HHS no pudiera utilizar los mismos métodos cuando las corporaciones con fines de lucro están exentas.
Además, las mujeres sin cobertura anticonceptiva han encontrado acomodo a través de un requisito estatutario de que las compañías de seguros proporcionen cobertura separada, a su propio costo. En sus esfuerzos por aprobar esta acomodación, el HHS concluyó con apoyo empírico, antes de este caso, que dicho requisito no impondría ningún costo adicional a las aseguradoras porque el costo relativamente bajo de proporcionar cobertura anticonceptiva resultaría en “costos más bajos por mejoras en la salud de las mujeres, un mejor momento y espaciamiento de los embarazos y menos embarazos no planificados”.
El juez Kennedy en una opinión concurrente resumió la posición del Tribunal: “el registro en estos casos muestra que existe un marco existente, reconocido, viable y ya implementado para proporcionar cobertura. Ese marco es uno que el HHS ha ideado por sí mismo …”.
Tomando un tiro a la disidencia de la jueza Ginsberg, la mayoría declaró: “[l]a disidencia principal no identifica ninguna razón por la cual esta acomodación no protegería las necesidades afirmadas de las mujeres tan efectivamente como el mandato anticonceptivo, y no hay ninguna”.
Así, ya sea a través de financiamiento gubernamental (como se contempla y permite por RFRA) o un requisito de que las compañías de seguros asuman el costo (la solución menos restrictiva del HHS para organizaciones sin fines de lucro exentas de RFRA), el Gobierno puede lograr su objetivo sin imponer una carga sustancial en el ejercicio de la religión.
La conclusión final del Tribunal Supremo de los Estados Unidos fue, simplemente, “[e]l mandato anticonceptivo, tal como se aplica a corporaciones de propiedad cercana, viola RFRA”.
Lo que la Decisión de Hobby Lobby No Hizo
Como se mencionó al principio, los oportunistas políticos han utilizado esta decisión para polarizar a sus seguidores y seguidores en aras de sus propias agendas. Y aunque no podemos estar seguros de cómo esta decisión podría ser utilizada en el futuro por organizaciones que reclaman exenciones religiosas, hay algunas cosas que sí sabemos.
Esta Decisión no Impedirá que las Mujeres Obtengan Anticoncepción
Aunque Hillary Clinton juega con las simpatías (y tal vez la ignorancia) del público al crear un hipotético triste (“una dependienta
En primer lugar, si una empleada de ventas en Hobby Lobby desea anticoncepción, sus empleadores pagarán, a través de su plan de salud, por cualquiera de los dieciséis diferentes formas de anticoncepción que nunca fueron un problema en el caso de Hobby Lobby. Si ella aprovecha esas formas disponibles para ella, presumiblemente tendrá poco necesidad de la píldora del día después (referida en el sitio de la FDA como “Plan B” o “Ella”), que es recomendada, según la FDA, “después de tener relaciones sexuales sin protección”.
En segundo lugar, si una empleada de ventas desea uno de los cuatro tipos de anticoncepción que su empleador no está pagando, aún tendrá acceso a ellos, ya sea a través de financiamiento gubernamental o a través de un requisito de que el asegurador los pague. Probablemente nunca sepa, o le importe, quién paga la cuenta.
El juez Alito hace este punto al comienzo de la opinión:
El efecto de la acomodación creada por el HHS en las mujeres empleadas por Hobby Lobby y las otras compañías involucradas en estos casos sería precisamente cero. Bajo esa acomodación, estas mujeres aún tendrían derecho a todos los anticonceptivos aprobados por la FDA sin compartir costos.
Porque los empleados aún tendrán acceso a todas las formas de anticoncepción que tendrían de otra manera, no hay base para concluir, como lo hace Hillary Clinton, que como consecuencia de esta decisión, los empleadores ahora pueden “imponer sus creencias religiosas a sus empleados”.
En tercer lugar, el salario inicial para un empleado de tiempo completo en Hobby Lobby, incluidos los empleados de ventas, es de $14, casi el doble del salario mínimo federal ($7.25), y ha sido históricamente generoso, por lo que los empleados de ventas que necesitaban anticoncepción podían comprarla mucho antes de que se promulgara la ACA.
En respuesta a la negativa de la juez Ginsberg en la disidencia, la opinión mayoritaria comentó lo siguiente:
Irónicamente, es el enfoque de la disidencia lo que “[i]mped[e] la recepción de beneficios por parte de las mujeres al ‘requerirles que tomen medidas para aprender sobre, y registrarse para, un nuevo beneficio de salud financiado y administrado por el gobierno'”, porque la disidencia efectivamente obligaría a los empleadores religiosos a renunciar a la cobertura de seguro de salud por completo, dejando a sus empleados a encontrar planes individuales en los intercambios administrados por el gobierno o en otros lugares. Esto es realmente “escasamente lo que el Congreso contempló”.
Por lo tanto, no solo ningún empleado elegible para beneficios bajo la ACA se verá privado de anticoncepción que su empleador apruebe, sino que tendrá acceso, sin costo alguno, a todas las formas de anticoncepción aprobadas por la FDA. El único cambio efectuado en este sentido por la Corte Suprema es que su empleador no tendrá que pagar por los anticonceptivos objetables.
Esta decisión no otorga a las grandes corporaciones licencia para ignorar la ley federal
La juez Ginsberg, haciendo eco de la posición del HHS, expresó preocupaciones de que la opinión permitirá a las empresas comerciales “optar por cualquier ley (excepto las leyes fiscales) que juzguen incompatibles con sus creencias religiosas sinceramente sostenidas”.
Esta posición, contenida en la opinión disidente (es decir, la parte de la opinión sin efecto autoritario), es desestimada sumariamente por la opinión mayoritaria (es decir, la parte vinculante de la opinión) cuando dice, citando a la juez Ginsberg, que no lo sostiene.
De hecho, la decisión se limita en alcance y solo se aplica a
- corporaciones de propiedad cercana (es decir, aquellas corporaciones con al menos el 50% de acciones propiedad de cinco o menos individuos)
- con creencias religiosas sinceras
- que, si se adhieren, resultaría en una carga sustancial impuesta por una ley
- para la cual existe un interés gubernamental convincente
- para la cual no hay un medio menos restrictivo de lograrlo.
Y dado que esta misma regla ya se aplicaba a corporaciones y otras organizaciones comerciales que eran sin fines de lucro u organizaciones religiosas, excepción que fue respaldada por el HHS, la decisión de Hobby Lobby realmente solo extiende la aplicación de RFRA a corporaciones de propiedad cercana que se ejecutan con fines de lucro.
Este no es un resbaladizo pendiente que llevará a las inmunizaciones, antidepresivos o transfusiones a ser exentos
En su disidencia, la juez Ginsberg también predice una aplicación excesivamente amplia de la opinión mayoritaria, prediciendo que la opinión mayoritaria, aplicada a casos futuros, podría excluir excepciones para transfusiones de sangre, antidepresivos, vacunas y otras prácticas médicas objetables para ciertas religiones. Sin embargo, la mayoría redactó su opinión de manera que limita la aplicación de su decisión y basa su decisión en un análisis cuidadoso del estándar del medio menos restrictivo, un estándar que, según la admisión de la mayoría, no necesariamente se cumpliría en otros casos:
En cualquier caso, nuestra decisión en estos casos se refiere únicamente al mandato anticonceptivo. Nuestra decisión no debe entenderse como que sostiene que un mandato de cobertura de seguro debe caer necesariamente si entra en conflicto con las creencias religiosas de un empleador. Otros requisitos de cobertura, como las inmunizaciones, pueden ser respaldados por intereses diferentes (por ejemplo, la necesidad de combatir la propagación de enfermedades infecciosas) y pueden implicar argumentos diferentes sobre el medio menos restrictivo de proporcionarlos.
Conclusión
Aunque el aborto y la anticoncepción son temas controvertidos que no desaparecerán, la ignorancia ha prevalecido sobre la razón en las reacciones públicas a la decisión de la Corte Suprema en Hobby Lobby. Los políticos, periodistas y ciudadanos vocales hacen un mal servicio al público al tergiversar las conclusiones de la Corte o propagar las declaraciones falsas de otros, ya sea intencionalmente o a través de la ignorancia indolente.
En última instancia, estoy de acuerdo con la opinión mayoritaria:
El Congreso, al promulgar RFRA, tomó la posición de que “la prueba del interés convincente establecida en las decisiones anteriores de los tribunales federales es una prueba viable para encontrar un equilibrio sensato entre la libertad religiosa y los intereses gubernamentales previos en competencia”. La sabiduría del juicio del Congreso sobre este asunto no es nuestra preocupación. Nuestra responsabilidad es hacer cumplir RFRA tal como está escrito, y bajo el estándar que RFRA prescribe, el mandato anticonceptivo del HHS es ilegal.
[Zach Blog]
Zachariah B. Parry es un abogado y socio fundador del bufete de abogados H & P y es profesor adjunto que enseña responsabilidad civil, contratos y práctica y procedimiento de Nevada para el programa de asistentes legales de UNLV. Puede ser contactado al 702-912-4451.
1 Hay un considerable debate sobre cuándo ocurre realmente la concepción, una pregunta que ni la ciencia ni la religión responden con ningún acuerdo. Los Green y los Hahn creen que la concepción ocurre en la fertilización, una creencia compartida por al menos algunas religiones. Según el Código de Regulaciones Federales, la concepción no se completa hasta que el óvulo fertilizado se implanta en la pared del útero: “[e]l embarazo abarca el período de tiempo desde la implantación hasta el parto”. Sin embargo, no fue necesario que la Corte definiera qué es y qué no es un abortivo para emitir su decisión. La decisión dice: “[n]o es responsabilidad de la Corte decir que las creencias religiosas de los demandantes son erróneas o irrazonables”.
2 Uno de los Green también es dueño y opera una compañía llamada Mardel, que es una cadena de 35 librerías cristianas con alrededor de 400 empleados. Mardel también fue demandante en el caso de Hobby Lobby.
Referencias:
- 1 U.S.C. § 1
- 77 Fed.Reg. 8725
- 78 Fed. Reg. 39877
- 26 U.S.C. § 4980D
- 26 U.S.C. § 4980H
- 26 U.S.C. § 5000A
- 42 U.S.C. § 300gg–13
- 42 U.S.C. § 2000bb
- 42 U.S.C. § 2000cc
- 15 Pa. Cons.Stat. § 1301
- Okla. Stat., Tit. 18, §§ 1002, 1005
- Conestoga Wood Specialties Corp. v. Sebelius, 917 F. Supp. 2d 394 (E.D. Pa. 2013)
- Conestoga Wood Specialties Corp. v. Sec’y of U.S. Dep’t of Health & Human Servs., 724 F.3d 377 (3d Cir. 2013)
- Hobby Lobby Stores, Inc. v. Sebelius, 870 F. Supp. 2d 1278, 1283 (W.D. Okla. 2012)
- Hobby Lobby Stores, Inc. v. Sebelius, 723 F.3d 1114, 1122 (10th Cir. 2013)
- Burwell v. Hobby Lobby Stores, Inc., 13-354, 2014 WL 2921709 (U.S. June 30, 2014)
- Health Resources and Services Administration Adopción de anticonceptivos aprobados por la FDA
- Lista de anticonceptivos aprobados por la FDA